CCOO- SERVICIOS se solidariza con los trabajadores de la entidad atracada en La Rioja

CCOO- SERVICIOS se solidariza con los trabajadores de la entidad atracada en La Rioja

La Federación de Servicios de CCOO de La Rioja tiende su mano a las/os trabajadores que ayer sufrieron la vivencia de un ATRACO A PUNTA DE PISTOLA en una sucursal bancaria de Navarrete, afortunadamente sin consecuencias traumáticas pero SIEMPRE con daños a la salud.

CCOO Servicios promueve la adopción de medidas que eviten daños por Atraco, que reduzcan el interés de los atracadores, que protejan rápidamente a las personas trabajadoras del sector, que garanticen la máxima consideración a su seguridad y salud, que se respete la definición del Atraco como Accidente de Trabajo observando todos los derechos que son aplicables (retribución, asistencial, indemnizatorio, adaptación de puesto…).

La situación de inseguridad y la violencia vivida en un atraco generan a las personas que lo han sufrido un síndrome que tiene difícil pronóstico de evolución, hay quien aparentemente está bien y luego se derrumba, hay quien entra en shock inmediatamente, e incluso quien se lo lleva hacia adentro y allí los daños son nada evidentes… pero son.

El Atraco es un riesgo al que todas/os los trabajadores del sector financiero están especialmente expuestos frente a otros colectivos, puesto que entre sus funciones habituales está el manejo de dinero en efectivo, algo que acaba siendo un reclamo para quienes deciden saltarse las normas y apropiarse del bien ajeno.

Este RIESGO LABORAL es a duras penas reconocido como tal, ha tenido que haber un largo periplo por las salas de los Juzgados para lograr que la Administración dictamine que efectivamente es una situación que cumple con la definición que hace la Ley General de la Seguridad Social cuando identifica qué es un Accidente de Trabajo.

Nada cambia los hechos que vive una persona expuesta a un Atraco porque lo consideremos o no Accidente de Trabajo, pero si bien esto es así, hay que considerar que la definición de su origen determinará la asistencia tanto sanitaria como de cualquier otro tipo que pueda recibir la persona afectada.

Y es aquí donde precisamente aparece la importancia de considerar la dolencia sufrida como de origen laboral o común, puesto que la asistencia sanitaria, la cobertura retributiva durante la duración de la incapacidad, el pagador de la cobertura, el derecho al reconocimiento de una indemnización, la obligación de adoptar medidas para prevenir el Riesgo, la consideración de la percepción durante la incapacidad temporal en caso de despido,… todo esto varía.

Tomando el primero, las dolencias derivadas de accidentes de trabajo disponen de medios para acelerar el diagnóstico, tratamiento y recuperación de la persona afectada que entran en juego directamente… mientras que las dolencias de origen común se enfrentan a las temidas listas de espera.

Aún hay más, puesto que una persona que sufre un accidente común puede quedar sin capacidad de reintegrarse a su puesto de trabajo y con ello sufrir la pérdida del mismo. Sin embargo, en un accidente de trabajo la condición varía hasta obligar a la empresa a adaptar el puesto de trabajo a las condiciones de esa persona, buscar un puesto de trabajo alternativo o incluso atender a su condición de discapacidad y quedar obligada a respetar el principio de no discriminación (arts. 1,2 y 3 directiva europea 2000/78) por daños ocasionados por el desempeño laboral.

CCOO Servicios vamos a seguir trabajando duro por avanzar en el reconocimiento de los derechos de los/as trabajadoras, sin tregua, con fuerza renovada con cada suceso, exigiendo adoptar medidas preventivas y de seguridad.

Tus derechos se defienden… o acaban languideciendo y quedando en manos de otros. ¡¡Afíliate y reivindica!!

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