Las empleadas del hogar, las grandes beneficiarias de la subida del SMI

Las empleadas del hogar, las grandes beneficiarias de la subida del SMI

El incremento del Salario Mínimo Interprofesional que entró en vigor el pasado 1 de enero va a tener una gran repercusión en el sector servicios. Y es que la subida del salario mínimo a 900 euros mensuales en 14 pagas supone unos ingresos de 12.600 euros al año, un aumento de un 22,3%.

Un incremento que va a suponer un importante aumento del poder adquisitivo de los trabajadores de servicios como empleados del hogar, lavanderías, tintorerías o servicios auxiliares, sectores cuyos trabajadores soportan los salarios más bajos. De esta forma, desde el pasado 1 de enero, los salarios y cotizaciones sociales que estén por debajo del Salario Mínimo Interprofesional deberán ser actualizados. Los empleadores deberán aplicar los nuevos salarios y cotizaciones.

Y, en este caso, el sector del Servicio de Empleados del Hogar será uno de los grandes beneficiados, donde las mujeres suponen la inmensa mayoría de trabajadores, con cerca de 3.200 trabajadoras dadas de alta en La Rioja. Asimismo, el salario de las trabajadoras que trabajen por horas aumenta considerablemente, pasando de un precio de hora de 5,76 euros en el año 2018 a 7,04 euros en el 2019.

El salario mínimo de una empleada del hogar en 2019 ha significado un ascenso notable en la retribución mínima exigida. Pero a pesar de los mínimos legales que establece la legislación española, respecto el sueldo de las empleadas del hogar, es necesario ofrecer unas justas condiciones laborales, eliminando las desigualdades existentes con el resto de trabajadores.

Por todo ello, desde Comisiones Obreras exigimos al Gobierno Español la ratificación del Convenio 189 que supone la regularización de derechos de las trabajadoras del hogar en:

  • Igualdad de Derechos en la prestación por Desempleo, Fogasa etc.
  • Eliminación del Desistimiento.
  • Protección frente a los abusos de las agencias de colocación.
  • Fin de los descuentos abusivos en el salario de las trabajadoras en régimen interno por la manutención y alojamiento.
  • Control de las horas de presencia.
  • Aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

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