El Gobierno reduce las tasas de inscripción en oposiciones, como CCOO lleva años reivindicando

El Gobierno reduce las tasas de inscripción en oposiciones, como CCOO lleva años reivindicando

El Gobierno de La Rioja ha rebajado las tasas de inscripción en procesos de selección de personal que se exigen a las y los opositores, un cambio que CCOO llevaba exigiendo desde el 2015 para lograr una equiparación con las que se cobran en la Administración General del Estado.

A través de la Ley 2/2021, de 29 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2021 el Ejecutivo establece una modificación de las tasas y también exenciones para los colectivos más desfavorecidos.

Se corrige así una situación que se prorrogaba durante años, con el cobro de unas tasas abusivas. La Rioja era la única comunidad que no aplicaba ninguna exención y en la que las tasas eran más elevadas, de manera que para un grupo E llegaba a pagarse hasta tres veces más que la media nacional. Un importe que no podía justificarse por el gasto generado por estos procesos.

Desde la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO en La Rioja valoramos que, por fin, el Gobierno regional haya atendido nuestra reivindicación. Es inadmisible que las tasas de oposición supusieran una oportunidad de hacer caja a través de las ofertas de empleo público. Esperamos que esta medida suponga el final de lo que considerábamos un grave agravio comparativo con el resto de las Administraciones y confiamos en que, en el futuro, dejen de producirse este tipo de abusos.

  • La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
    Subgrupo A1 (Funcionarios), Grupo A (Laborales) …………………………………… 30,49 €
    Subgrupo A2 (Funcionarios), Grupo B (Laborales) …………………………………… 22,87 €
    Subgrupo C1 (Funcionarios), Grupo C (Laborales) …………………………………… 15,27 €
  • Subgrupo C2 (Funcionarios), Grupo D (Laborales) …………………………………… 11,43 €
    Agrupaciones Profesionales (Funcionarios), Grupo E (Laborales) ………………….9,14 €

Exenciones y bonificaciones:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% estarán exentas del pago de la tasa.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos un mes antes de la fecha de la convocatoria estarán exentas del pago de la tasa. Serán requisitos para el disfrute de la exención:

1. Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado una oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales.

2. Que, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional en vigor.

3. Presentar certificado de demandante de empleo.

c) Familias numerosas:
· exención del 100% de la tasa los miembros de familias de categoría especial.
· bonificación del 50% los miembros de las familias de la categoría general
e) Exención del pago de la tasa a las víctimas del terrorismo

f) Exención del pago de la tasa las mujeres víctimas de violencia de género, así como los hijos e hijas a su cargo menores de 25 años.

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