Si has estado en ERTE en marzo, abril, mayo o junio, puedes solicitar una ayuda directa a partir del 7 de octubre

Si has estado en ERTE en marzo, abril, mayo o junio, puedes solicitar una ayuda directa a partir del 7 de octubre

Los trabajadores afectados por ERTE entre los meses de marzo y junio de 2021 pueden solicitar las ayudas directas de 150 euros mensuales a partir de mañana. Y en CCOO de La Rioja te ayudamos con los tramites. Pide cita en el 682655117 o a través de ayudasertes@rioja.ccoo.es. 

En esta tercera convocatoria de las ayudas convocadas por el Gobierno de La Rioja, que hoy se publica en el BOR y que estará abierta hasta el 7 de noviembre, los beneficiarios recibirán 150 euros por cada uno de los meses en los que hayan estado afectados por un expediente de regulación de empleo entre marzo y junio de 2021.

El plazo para solicitar las ayudas extraordinarias de la tercera convocatoria para trabajadores afectados por un expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) derivados del COVID-19 comienza mañana jueves 7 de octubre y se podrán solicitar hasta el próximo 7 de noviembre de forma telemática desde la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja, mediante identificación con certificado digital. Podrán solicitarlas todas aquellas personas cuya base de cotización sea de 50 euros/día.

El Ejecutivo regional ha realizado tres convocatorias, que suponen más de 3 millones de euros para ayudas complementarias destinadas a trabajadores afectados por un ERTE durante julio, agosto y septiembre de 2020, en la primera convocatoria con una cuantía de 100 euros mensuales; de 150 euros mensuales para aquellos que continuaran en esta situación desde octubre de 2020 hasta febrero de 2021, en la segunda, y una tercera con este mismo importe para cubrir los meses entre marzo y junio de 2021.

El secretario general de CCOO, Jorge Ruano, señala que estas ayudas son un complemento necesario “porque entendemos que debemos acompañar los acuerdos que se alcanzan a nivel nacional con ayudas para esos trabajadores afectados en ERTE mientras la situación se mantenga. Especialmente como cuando en este caso se dirige a los trabajadores de los sectores que más han sufrido las consecuencias de la pandemia».

PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

-Del 7 de octubre al 7 de noviembre

 PLAZO DE RESOLUCIÓN POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN:

-6 meses (silencio administrativo)

 DOCUMENTACIÓN/REQUISITOS para su tramitación:

-Base reguladora diaria inferior a 50 € diarios. (Puede ver este dato en la carta del SEPE con la aprobación de la prestación por ERTE o por desempleo)

– Alta de ficha a terceros. (Sellada por el banco y presentada en Hacienda. La facilitamos nosotros).

-Datos de la empresa  (Los tienes en tu nomina o contrato)

– DNI o NIE

– Permanecer en ERTE entre marzo y junio. Puede ser el periodo completo o alguno de los meses, independientemente de que sea a jornada completa o parcial en el contrato.

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