Después de que el despido de dos trabajadoras del Hospital Fundación de Calahorra fuera declarado nulo en los tribunales, estas volverán su puesto de trabajo este lunes y además la Federación de Sanidad de CCOO presentará un recurso contra estas sentencias ya que, aun siendo favorables, resultan insuficientes ya que no ha sido reparado íntegramente el daño injustamente sufrido.
El Juzgado de lo Social número 3 de los de Logroño, dictó sendas sentencias (nºs. 129/2018 y 130/2018), ambas de fecha 4 de mayo de 2018, comunicadas a las partes el día 9 de mayo, declarando nulos de pleno derecho ambos despidos por vulneración del derecho fundamental a la libertad de expresión e información, obligando a la reincorporación inmediata de las trabajadoras en las mismas condiciones previas al despido, ordenando el abono a las mismas de todos los salarios tramitación dejados de percibir desde la fecha de despido (06/09/2017) hasta su efectiva incorporación y condenando a FHC a indemnizar, además, a cada una de las trabajadoras despedidas con la cantidad de 6.251,00 € euros como reparación por los daños morales causados.
Las sentencias son definitivas y ejecutables, susceptibles no obstante de recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, recurso que debía ser anunciado (para su posterior formalización) en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de las sentencias.
Los Servicios Jurídicos de la Federación de Sanidad de CCOO (FSS-CCOO) y de CCOO de La Rioja han recibido el encargo de las trabajadoras, Vanesa J. L. e Isabel M., de recurrir las dos sentencias citadas.
Aún satisfechas con el resultado del proceso judicial al declararse la radical nulidad de sus despidos, nuestras representadas consideran que las causas de la nulidad son más que las reconocidas en las sentencias, y, así mismo, insuficiente la reparación por el daño moral sufrido.
Ello es plenamente coherente con el objetivo de su actuación durante todo el proceso, que no es, ni ha sido otro, que la reparación íntegra del daño que les fue injustamente causado, así como la reposición absoluta y total de su buen nombre y honor, tanto personal como profesional, en todas las jurisdicciones, a través de todos los medios a su alcance, ahora y en el futuro, hasta depurar todas las responsabilidades individual y/o colectivamente exigibles, persiguiendo la atribución de dichas responsabilidades sean quienes fueren las personas o cargos públicos implicados/as.
En consecuencia, la letrada de CCOO de La Rioja Dª María Somalo Sanjuán, ha realizado ya el preceptivo anuncio de recurso de suplicación, el cual será interpuesto y debidamente fundamentado, en los términos antes indicados, en el momento procesal oportuno, una vez se reciba traslado de los autos.
Por indicación expresa de nuestras representadas, deseamos agradecer públicamente la solidaridad y el cariño recibidos durante estos casi diez meses de calvario, en especial a sus compañeros/as de la FHC y al Comité de Empresa de centro, representación legal de su plantilla.
Les informamos de que, tras las sentencias, plenamente ejecutables como se ha indicado, las trabajadoras despedidas fueron dadas de alta en el sistema de Seguridad Social ya en fecha 9 de mayo y la reincorporación a sus puestos de trabajo se producirá el próximo lunes, 21 de mayo, al inicio de su turno ordinario de trabajo a las 08:00 horas, para retomar sus cometidos profesionales en el hospital calagurritano al servicio de La Rioja Baja.
Finalizamos el presente comunicado con una breve pero obligada referencia a recientes manifestaciones públicas vertidas desde la Consejería de Salud, coincidentes con el anuncio, ya al día siguiente de recibir las sentencias, de su voluntad de recurrirlas. Es obligado realizar ahora al menos dos precisiones públicas -a título de ejemplos- a aquella comunicación:
- Con incomprensible empeño, desde la Consejería de Salud, erróneamente, se persiste en señalar como causa de los despidos a etéreas “deficiencias” en “un contrato”, el de mantenimiento de equipos de electromedicina. No es cierto: no fue tal la causa del despido (sí lo fue de las presiones previamente denunciadas por las trabajadoras) ni el objeto de debate jurídico por despido ha sido ese, no obstante lo cual durante el proceso ha quedado absolutamente acreditada la corrección del proceder profesional de las trabajadoras. He aquí la prueba del algodón: ¿”ande andarán” esas fantasmagóricas “deficiencias” cuando diez meses después no se ha corregido absolutamente nada de lo realizado por las trabajadoras que fueron despedidas?. Esto son hechos.
- Por otra parte, no podemos sino compartir su manifiesto interés por garantizar la transparencia en materia de contratación de bienes y servicios. Sólo falta dar trigo además de la prédica: en el portal de transparencia de la FHC (http://www.fhcalahorra.com/portal-de-transparencia/contratos-menores), casualmente y pese a ser legalmente obligado, desde los despidos de las trabajadoras responsables de garantizar dicha transparencia, la página web de FHC ya no recoge la información sobre los contratos menores (esto es los de importe inferior a 18.000 euros no sujetos a una Solicitud Pública de Ofertas), siendo la última información la correspondiente al segundo trimestre de 2017, aún con las trabajadoras despedidas en el ejercicio de sus funciones. Opacidad total desde entonces. Esto son hechos.