La Consejería de Agricultura de La Rioja publicó el pasado 17 de abril en el BOR una resolución en la que determina el criterio de proximidad al centro de trabajo para la contratación de temporeros en el sector agropecuario. De la exposición de motivos se desprende que el establecimiento del límite de 80 km para la pernocta responde a las demandas de las patronales agrarias.
Desde CCOO entendemos que este criterio afecta de manera directa al contenido del convenio colectivo, y que el establecimiento de unos límites para el alojamiento de los trabajadores responde a una posición de la patronal agraria. De ser así, se ha dictado una resolución que afecta directamente a la negociación colectiva sin tener en cuenta a las organizaciones sindicales que representamos a los trabajadores del campo.
El radio de 80 km como la distancia mínima al centro de trabajo para que un temporero pueda optar a su derecho de alojamiento, entendemos que contraviene el artículo 24 del Convenio de la Actividad Agropecuaria de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Por ello vamos a solicitar las aclaraciones oportunas a la Consejería de Agricultura Ganadería, mundo Rural y Territorio de La Rioja, sobre los efectos de dicha resolución.
De la misma manera también se deben aclarar los datos que se están haciendo públicos, en los que se habla de una necesidad de contratación de entre 3.000 y 5.000 personas, cuando está acreditado que en la misma época no se han superado las 1.800 contrataciones.
Siendo en estos momentos la cifra de 1.795 los inscritos como demandantes de empleo en agricultura, las necesidades estarían prácticamente cubiertas, mientras se lanza una falsa esperanza a todas las personas que se encuentran actualmente en el paro.
Por otra parte hay que señalar la decisión del Ministerio de Agricultura que ayer mismo especificó que la totalidad de estos contratos a temporeros en el sector agropecuario deben de realizarse por escrito, un elemento fundamental para evitar el fraude en la contratación.